Plan de Aguas y Mínimo Vital en Bogotá D.C.
Mediante Decreto 485 del 3 de noviembre de 2011, en desarrollo del Acuerdo 347 de 2008 emanado de ese Concejo y atendiendo una copiosa doctrina internacional y constitucional, se expidió el Plan Decenal de Aguas y se reconoció a título de derecho 6 m3 de agua potable a los residentes del Estrato Uno de la ciudad por su manifiesta vulnerabilidad extrema. En consecuencia, la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá procedió a no cobrar dicho consumo para el Estrato Uno en toda facturación emitida a partir del 15 de noviembre
de 2011, en los 30 ciclos que tiene determinados.
Doctor
DARIO FERNANDO CEPEDA
Presidente y demás concejales
CONCEJO DE BOGOTÁ
Ciudad
Ref.: Plan de Aguas y Mínimo Vital
Apreciado señor Presidente:
He tenido conocimiento del importante debate llevado a cabo la semana pasada en esa Corporación respecto del reconocimiento del mínimo vital de agua potable a sectores vulnerables de nuestra ciudad a título de derecho. Durante su desarrollo algunos concejales hicieron afirmaciones que me permito, por su digno conducto, precisar.
Mediante Decreto 485 del 3 de noviembre de 2011, en desarrollo del Acuerdo 347 de 2008 emanado de ese Concejo y atendiendo una copiosa doctrina internacional y constitucional, expedí el Plan Decenal de Aguas y reconocí a título de derecho 6 m3 de agua potable a los residentes del Estrato Uno de la ciudad por su manifiesta vulnerabilidad extrema. En consecuencia, la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá procedió a no cobrar dicho consumo para el Estrato Uno en toda facturación emitida a partir del 15 de noviembre de 2011, en los 30 ciclos que tiene determinados.
Los recursos para sufragar la inversión social ordenada fueron destinados dentro del rubro correspondiente en la Secretaría Distrital de Hacienda e incorporados en su presupuesto para la vigencia 2012.
En desarrollo de su plan de gobierno, el Alcalde Gustavo Petro procedió a ampliar la cobertura al estrato dos, con lo cual el monto de recursos requerido pasa de unos $10.000 millones de pesos para el 2012 a unos $65.000 millones.
Adjunto a la presente copia del Decreto 485 de 2011 expedido en mi administración y el decreto 64 de 2012 expedido por el Alcalde Petro en el cual me hace el honor de reproducir, uno a uno, los considerandos que sustentan jurídicamente la medida adoptada.
Cordial saludo,
CLARA LÓPEZ OBREGON
Ex Alcaldesa Designada de Bogotá.